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Evita que una notificación te llegue en el peor momento con los días de cortesía de la AEAT

Los días de cortesía de la AEAT son un instrumento para evitar notificaciones administrativas en el peor momento.

El sentido de los días de cortesía de la AEAT

La norma nos deja señalar hasta 30 días en los que la AEAT no ponga a nuestra disposición notificaciones en la Dirección Electrónica Habilitada (DEH) que tengamos. La DEH es una suerte de buzón electrónico a través del cual la Administración se comunica con nosotros y en el que nos podrían notificar, por poner unos pocos ejemplos, el inicio de una inspección, la respuesta a la solicitud de aplazamiento o un embargo.

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Con ello evitamos que la notificación nos llegue en el peor momento. Normalmente, se emplea para no recibirlas en vacaciones. También puede utilizarse en otras situaciones como, por ejemplo, una baja de una persona clave en nuestro negocio.

Requisitos para solicitar días de cortesía

Lo primero de todo es tener una DEH. Existen distintas personas físicas y jurídicas, así como entidades carentes de personalidad jurídica, que están obligadas a efectuar a través de ella sus comunicaciones con la Administración. Entre ellas encontramos las siguientes:

  • Personas jurídicas como, por ejemplo, una sociedad mercantil, una asociación o una fundación.
  • Determinadas entidades sin personalidad jurídica como las comunidades de bienes, las herencias yacentes y las comunidades de propietarios.
  • Profesionales de colegiación obligatoria.
  • Representantes de obligados a relacionarse electrónicamente con la Administración.
  • Empleados públicos.
  • Grandes empresas.
  • Contribuyentes que tributan en el régimen de consolidación fiscal del impuesto sobre sociedades o en de grupo de entidades del IVA.
  • Inscritos en el Registro de Devolución Mensual (REDEME) del IVA.
  • Contribuyentes con autorización para la presentación de declaraciones aduaneras mediante el sistema de transmisión electrónica de datos (Edifact).

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Por otro lado, están quienes tienen una DEH voluntariamente. En ese caso, deben tener en cuenta que los días de cortesía solamente funcionarán para los procedimientos para los que estén suscritos.

Cuándo podemos solicitar los días de cortesía

Podemos pedir días consecutivos o salteados, sin necesidad de elegir un número mínimo de días consecutivos. Incluso, sería posible determinar 30 períodos de un solo día a lo largo del todo el año.

Lo que sí debemos respetar es una antelación mínima de siete días. De este modo, si, por ejemplo, no queremos recibir notificaciones desde el día 25 al 30 de este mes, tendríamos como fecha tope para solicitarlo el día 18.

Además, tenemos la opción de cambiar los días de cortesía de la AEAT. Así, si hemos designado los días 20 y 21 de este mes, pero nos damos cuenta más tarde de que nos viene mejor el 12 y el 13 del mes que viene, lo podemos hacer. No obstante, debemos respetar, en todo caso, la antelación de una semana para el nuevo señalamiento.

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Por otro lado, el año en el que nos damos de alta en el sistema de notificación a través de una DEH contaremos con los mismos 30 días. Así, por ejemplo, si el alta se ha producido el 30 de junio, no solamente contamos con 15 días, sino con los 30 que tendremos en los sucesivos ejercicios.

En cualquier caso, no podemos emplear los días de cortesía para suspender los plazos. Es decir, podemos decir que uno o varios días determinados no nos envíen una notificación, pero no hacer que los días que nos han dado en una que ya nos hayan enviado dejen de correr.

La gestión de los días de cortesía a través de apoderados

En muchas ocasiones resulta útil que un apoderado reciba nuestras notificaciones electrónicas. Puede ser, por ejemplo, el caso de nuestra asesoría de confianza. Sabemos que dejamos en buenas manos cualquier notificación, incluso cuando nosotros no podamos estar pendientes.

En ese caso, deberemos tener en cuenta que esa persona también puede realizar el trámite de señalar días de cortesía en los que no lleguen notificaciones a nuestra DEH. Si se trata de un asesor, puede ser habitual que elija los mismos días para todos sus clientes, especialmente durante sus vacaciones.

El procedimiento electrónico para señalar días de cortesía

El procedimiento es telemático. En la sede electrónica de la AEAT elegiremos “Mis notificaciones”. Una vez allí, haremos clic en “Solicitar días en los que no se pondrán notificaciones en Dirección Electrónica Habilitada”. No obstante, para poder realizar el trámite deberemos acceder con DNI electrónico, certificado electrónico o Cl@ve PIN.

DEH

A partir de ahí, el procedimiento será distinto en función de si gestionamos nuestros propios días de cortesía o los de una o varias terceras personas que nos han dado su poder.

Como vemos, los días de cortesía son un instrumento útil cuando los emprendedores se van de vacaciones, pero también en otras situaciones como una baja de la persona clave en los trámites administrativos o, simplemente, cuando tenemos una punta de actividad tal que no podríamos responder adecuadamente a las notificaciones administrativas.

Imágenes | BurstSergey ZolkinChristin HumeAnete Lūsiņa

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