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¿Qué son las notificaciones 060 y cómo acceder a ellas?

Las notificaciones 060 permiten a ciudadanos, autónomos y empresas en España estar al tanto de los avisos que reciben de la Administración pública.  Igual que nos llegan notificaciones de redes sociales o de otros servicios a través del móvil, también podemos recibirlas de los organismos estatales. Muchos de ellos disponen de un servicio de avisos para los ciudadanos, autónomos, empresas y otras entidades del país.

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Qué son las notificaciones 060: acceso a ellas

A las notificaciones 060 se puede acceder, de forma gratuita y vía web, desde un ordenador o un teléfono móvil.  A través de este servicio podemos recibir avisos de Hacienda (AEAT), la Seguridad Social, la DGT o el ayuntamiento donde estemos empadronados. Estos recordatorios pueden ser para liquidar un pago, avisarnos del inicio de una investigación fiscal, ponernos al corriente de una multa de tráfico, notificar una sanción o informarnos de que tenemos una deuda pendiente con algún organismo, por ejemplo. Así evitaremos hacer colas y también sorpresas desagradables, como el recargo en un pago o en una multa por no abonarlos en su debido momento.     

Darse de alta en la plataforma que soporta las notificaciones 060, la Dirección Electrónica Habilitada, es relativamente sencillo. Se necesita tener DNI electrónico en vigor o certificado digital que dé fe ante las autoridades de la identidad del interesado. Una vez dado ese paso, el sistema permite elegir entre la lista de organismos públicos que han habilitado notificaciones. Hay decenas, desde autoridades portuarias a la Agencia Tributaria, delegaciones de Hacienda de muchas provincias o el Ministerio de Sanidad, pasando por algunas universidades o la Dirección General de la Guardia Civil. 

Las empresas están obligadas a recibir notificaciones 060

Las notificaciones 060 son un sistema que está disponible para cualquier ciudadano, aunque las empresas (sociedades anónimas y de responsabilidad limitada) están obligadas a darse de alta en esta plataforma de información. También lo están las uniones temporales de empresas (UTE) o vehículos de inversión como fondos de capital riesgo y fondos de inversión, entre otros. Además, desde 2018, los autónomos y trabajadores por cuenta propia están obligados a realizar sus trámites de la Seguridad Social por internet, y por lo tanto las notificaciones que reciben también se canalizan por este servicio. 

Cuando recibe una notificación de alguno de los organismos a los que ha dado preferencia, al usuario le llega un aviso al buzón de correo electrónico que facilitó cuando se dio de alta en el sistema. Y para leer esa notificación, tiene que ir a la web https://notificaciones.060.es y abrirla desde el ordenador en el que se ha instalado el certificado digital y pulsar en el botón “Entrar a su DEH”

Las notificaciones se pueden leer con el programa Acrobat Reader 9.1 o superior. En teoría también es posible entrar desde un móvil con Android o iOS, y que tenga igualmente un certificado electrónico instalado previamente. Pero si uno va a Google Play y busca la app de notificaciones electrónicas, no la encontrará. En su lugar se recomienda ir directamente a la página web de notificaciones y desde allí acceder a la información. Lo que sí puede activar el usuario cuando da de alta sus datos en la plataforma de notificaciones es el envío de avisos por SMS, que llegarán al número de móvil asociado.   

Las notificaciones 060 caducan a los 10 días naturales

Las notificaciones no permanecerán en el sistema para siempre. Es importante recordarlo y por eso conviene estar atentos. En realidad están disponibles para su consulta solo 10 días naturales desde que son emitidas por el organismo público correspondiente, o durante el plazo que marque la administración de turno. Pasado ese periodo, caducarán y no podrán ser consultadas. Eso sí, si se abren en el plazo de 10 días y se marcan como leídas, luego están disponibles en el sistema para volver a ser consultadas durante 90 días. Por eso es recomendable consultar las notificaciones al menos una vez a la semana

Por último, el ciudadano o la empresa de turno también pueden delegar en otra persona para recibir y consultar las notificaciones. Eso sí, el apoderado debe también tener DNI electrónico o certificado digital en vigor. Esta opción es muy útil si somos autónomos o empresarios y recurrimos a un gestor o una asesoría para que nos lleve todo lo relacionado con la Seguridad Social y los impuestos, por ejemplo. 

Imágenes | iStock.com/eclipse_images

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