que significa para mi empresa la subida del salario minimo interprofesional

Pymes

Qué significa para mi pyme la subida del salario mínimo interprofesional

El Plan Presupuestario de 2019 incluye la subida del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) de 735,9 euros a 900 euros.

Publicado en el BOE el 27 de diciembre de 2018, supone el mayor incremento histórico de esta renta. Nada menos que un 22,3%, aunque hay varias excepciones.

Mencionaremos estas excepciones, así como qué significa la subida para una pyme. La erradicación de la desigualdad salarial que se busca conseguir con esta medida, que persigue salarios mínimos equiparables a los países de nuestro entorno, también afecta al tejido empresarial.

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¿Qué trabajos han revalorizado más su salario a lo largo del tiempo?

¿Necesitamos salarios mínimos más elevados?

Sí, si queremos lo que indica el Real Decreto 1463/2018. Es necesario para que “la recuperación económica se traduzca en una progresiva reducción real de la pobreza en todas sus dimensiones y de la desigualdad salarial”. Con estos dos objetivos en mente, además de la ayuda a las arcas de las pensiones que supone que los trabajadores coticen más, en 2020 el SMI subirá una vez más, a 1000 euros en 14 pagas. Un 35,8% con respecto al SMI de principio de 2018.

La desigualdad laboral suele mirar a colectivos desfavorecidos con foco en el salario. El techo de cristal en las empresas es un ejemplo, y la subida del SMI es un escalón en el que las rentas más bajas pueden apoyarse, casi de forma literal. Elevando la base es más fácil vivir con mejor calidad de vida para las familias dependientes del anterior SMI.

Las dos excepciones a la subida del salario mínimo interprofesional

En general, la subida afectará a todos los trabajadores que en cómputo anual cobren menos de 12.600 euros. Y que trabajen a jornada completa. Sin embargo, el mismo real decreto en el que aparece la subida establece dos excepciones. Pueden ser algo confusas por su expresión burocrática, pero algunas pymes pueden acogerse a ellas:

  1. A la legislación para autonómica o local “que utilicen el salario mínimo interprofesional como indicador o referencia del nivel de renta para determinar la cuantía de determinadas prestaciones o para acceder a determinadas prestaciones, beneficios o servicios públicos”.
  2. A cualesquiera contratos y pactos de naturaleza privada vigentes a la fecha de entrada en vigor de este real decreto que utilicen el salario mínimo interprofesional como referencia a cualquier efecto, salvo que las partes acuerden la aplicación de las nuevas cuantías del salario mínimo interprofesional.

Cuidado con confundir salarial y extrasalarial

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Es posible que algunas pymes se encuentren con una sorpresa. Incluso abonando más de 12.600 euros brutos a sus empleados, se pueden ver obligados a subirles el salario. Hemos de tener cuidado al confundir las partidas salariales y extrasalariales.

La partida extrasalarial retribuye los gastos del trabajador para realizar sus tareas. No el trabajo en sí, que es en base a lo que se legisla el SMI. Por ejemplo, un trabajador que ingrese al mes 800 euros en concepto de salario base y un plus de transporte y vestuario de 250 euros, cobrará 1.050 euros mensuales.

Esa cantidad supera en 14 pagas el nuevo SMI, pero el trabajador tiene derecho a una subida. El motivo es que la partida salarial de 800 euros no alcanza el actual mínimo. El salario bruto anual de este trabajador asciende a 11.200 euros. A falta de 1.400 euros más para alcanzar el mínimo, es necesario prorratearlos añadiendo 100 euros más en cada nómina.

El 1,5% de los asalariados a jornada completa cobra menos del SMI

Según datos del ‘Mercado de Trabajo y Pensiones en las Fuentes Tributarias’, de la Agencia Tributaria, en 2017 el 34% de los españoles asalariados obtuvo ingresos inferiores al Salario Medio Interprofesional. Debido a la metodología del estudio, no es posible saber si los trabajadores ejercían a jornada completa o si estuvieron desempleados en algún momento del periodo, dando lugar a cifras tan bajas.

Por ello recurrimos a la ‘Encuesta de Estructura Salarial’ del año anterior. Esta nos muestra que el 12,5% de los empleados asalariados cobraron menos del salario mínimo en este periodo (teniendo en cuenta los meses trabajados), de los cuales solo el 1,5% trabajaba a jornada completa. En otras palabras, casi todos los trabajadores a jornada completa ronda o está por encima del SMI de 2016.

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El Banco de España estima que la subida del salario mínimo beneficiará al 10% de la población trabajadora. Estas cifras confirman lo esperado: combinando las excepciones y la baja cantidad de españoles que depende del SMI, no serán muchas las pymes que lo notarán en sus cuentas.

Trabajadores felices, un activo imprescindible

Hemos analizado en este blog la relación entre productividad y empleados felices. Incluso se está implantando en algunas empresas el Chief Happiness Officer para lograr la felicidad del empleado, como objetivo. Poca duda cabe que un empleado cuyo salario suba un 22,3% va a ser hoy un trabajador más liberado que ayer.

Aunque este objetivo no estuviese implícito en el real decreto, es evidente que el ídem último del mismo es que los ciudadanos, entre los que se encuentran los profesionales que cobran el SMI, vivan de una forma más cómoda. Contar con una plantilla de trabajadores felices es un activo que no puede ser olvidado. De cara a las pymes, la subida del SMI puede ser tomada como una inversión.

Imágenes | iStock/MarianVejcik, iStock/OlegGr, iStock/EyeOfPaul

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