Nevera y microondas en la oficina trabajadores

Empresa

Nevera y microondas en la oficina, ¿que los pongan los trabajadores?

Cuando hemos hablado de fomentar el deporte en las empresas, hemos llegado a la conclusión de que la vida sana es buena tanto para el trabajador como para la empresa. Dado que la salud depende también de la alimentación, es importante que los buenos hábitos de los trabajadores incluyan comidas saludables.

Nevera y microondas en la oficina trabajadores

Sin embargo, aún hay empresas donde no existe el comedor, o donde nevera y microondas no están contemplados. Como resultado, los trabajadores comen del tiempo y delante de su puesto de trabajo, o recurren a la comida rápida, perdiendo calidad de vida.

También los hay que se organizan para invertir ellos en estos electrodomésticos o para organizar un espacio para comer. Pero, ¿es obligatorio un microondas y nevera en el trabajo? ¿Quién tiene que ponerla? Como empresa, ¿me conviene invertir en electrodomésticos?

La importancia de tener trabajadores bien alimentados

Al igual que el estrés laboral puede modificar a peor los hábitos alimenticios, hace tiempo que sabemos que una buena alimentación es clave en la productividad laboral. La Organización Internacional del Trabajo lo explicó diciendo que «una nutrición inadecuada da lugar en las empresas de todo el mundo a unas pérdidas de productividad del 20%».

Es decir, hay una relación casi directa entre lo bien que se alimentan los trabajadores y su calidad de vida, y esta repercute en cómo realizan su trabajo. Contar con trabajadores felices es clave para las empresas, de ahí que se esté generalizando el concepto de salario emocional cuando la empresa da más de lo que se espera de ella. Sin embargo, el espacio para comer es obligatorio.

 

¿Tienen derecho los trabajadores a un espacio para comer?

Tras varias revisiones del Tribunal Supremo en 2011 de leyes un tanto antiguas pero todavía vigentes, quedó claro que las empresas estarán obligadas a instalar un comedor permanente o temporal si se cumple alguna de las siguientes condiciones.

-Si el descanso efectivo (es decir, real) para el almuerzo es de menos de dos horas.

-Si lo solicita al menos la mitad de la plantilla, y deberá ser instalado en dos meses.

-Si la empresa tiene más de 50 empleados. Si tiene menos, también, pero con alguna excepción y adaptación a su número.

En empresas con local permanente, que son la mayoría, la empresa está obligada a instalar un comedor en el que «los obreros puedan efectuar sus comidas a un precio módico» o simplemente ceder el espacio de comedor para que administren su propia comida.

A esto se suma que si los trabajadores realizan trabajos al aire libre (obras, por ejemplo), la empresa deberá habilitar barracones desmontables, o contar con un servicio pactado de catering como pueden ser los tiquets restaurante o restaurantes adheridos a un acuerdo entre empresas.

¿Qué debe incluir, como mínimo, el comedor para los trabajadores?

Además de un número de sillas y espacios para comer acorde con el número de trabajadores (se pueden establecer turnos para comer), lo mínimo que ha de incluir este local-comedor es agua corriente, un punto de luz y un microondas.

Dicho esto, el microondas y la toma de agua no tienen por qué estar exactamente en la misma sala donde se come, pero sí lo suficientemente cerca como para que sea cómodo transportar la comida de un lugar a otro.

Las empresas de más de 50 empleados deberán contar con cocina propia, comida del día, menú y vajilla. Aunque, por motivos de espacio, logística y costes se admiten otras alternativas si se pactan con los trabajadores:

  • Contratación de un catering que entrega la comida a domicilio
  • Tiquets restaurante, siempre que las opciones locales sean saludables, variadas y del gusto y necesidades de los trabajadores;
  • Menaje y utensilios de cocina (vitrocerámica, ollas, sartenes…) que permitan a los trabajadores cocinar su propia comida.

La legislación es clara, pero bastante flexible, porque su objetivo final es que los trabajadores se alimenten de manera saludable, no la instalación de comedores.

¿Y la nevera, es obligatoria?

Técnicamente, no. Aunque las denuncias laborales que dieron lugar a las revisiones de la norma incluían expresamente «No dispone de nevera», hay cierto vacío legal con respecto al frigorífico, congelador o nevera dentro de las empresas y cerca del comedor.

Por lo general, el que no exista nevera en una oficina se debe a que esta acaba de abrir, los trabajadores viven cerca del lugar de trabajo,  o quedan contentos con los tiquets restaurante. No tiene por qué haber una nevera, y esto hace que en ocasiones los empleados organicen un bote para comprar una, aunque sea pequeña.

Sin embargo, se aconseja a las empresas el invertir en una o varias neveras con suficiente espacio como para que los trabajadores depositen su comida antes del almuerzo. El coste de un frigorífico es tan bajo (para la recompensa en la calidad de vida de los trabajadores) que resulta complicado encontrar un motivo en contra de su instalación, cuidando de los profesionales que construyen nuestra marca.

Por Marcos Martínez

Imágenes | iStock/Wavebreakmedia, iStock/Olgaorly

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