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Cómo solicitar la prestación contributiva

¿Sabes qué es la prestación contributiva? A continuación te explicamos en qué consiste, en qué se diferencia del subsidio por desempleo, cuáles son los requisitos necesarios para poder beneficiarse de ella y cómo habría que solicitarla, de una manera sencilla.

El Ministerio de Trabajo y Economía Social, a través del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), pone a disposición de los ciudadanos que se encuentren en situación de desempleo diferentes tipos de prestaciones. Se trata de ayudas temporales hasta que se obtenga un nuevo trabajo. Y muy importantes para aquellos casos en los que el sueldo sostenía a toda una familia.

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¿Qué es la prestación contributiva?

De entre todas las prestaciones disponibles, la más conocida es la denominada popularmente como ‘paro’, cuyo nombre oficial es prestación contributiva. Según el propio SEPE, tiene como objetivo proteger la situación de desempleo de quienes, pudiendo y queriendo trabajar, pierdan su empleo de forma temporal o definitiva o vean reducida el tiempo de su jornada ordinaria de trabajo entre un mínimo de un 10 y un 70 %.

A veces se confunde con el subsidio por desempleo, pero hay diferencias entre ambas prestaciones. Además de la situación familiar, la prestación contributiva guarda relación directa con el tiempo de trabajo que se haya cotizado antes de llegar a la situación actual. Y, de hecho, se llama ‘contributiva’ porque la cantidad a cobrar depende de la contribución en sueldo y tiempo de contratación realizada como trabajador.

Cuáles son los requisitos para recibir la prestación contributiva

Hay varias condiciones para poder optar a recibir la prestación contributiva. 

  • El primero de ellos es que la pérdida del trabajo ha de ser involuntaria. Por lo que abandonar el puesto anularía la posibilidad de obtenerla. 
  • Haber cotizado más de un año completo dentro de los seis ejercicios anteriores antes de estar en el paro.
  • Haber estado afiliado y en situación de alta en la Seguridad Social.
  • Declararse como disponible para buscar empleo de forma activa y aceptar una colocación adecuada. 

En otro tipo de condiciones que no sean las comentadas se podría solicitar el subsidio por desempleo.

Esta prestación incluye la cotización por jubilación, incapacidad temporal, invalidez, muerte y supervivencia, asistencia sanitaria, maternidad, paternidad y cuidado de menores afectados por enfermedad grave. 

En general, la pueden solicitar personas trabajadoras por cuenta ajena incluidas en el Régimen General. Aunque hay casos más específicos como los de ciertos Regímenes Especiales, cooperativas y migrantes retornados. 

Cómo saber la duración y cuantía de la prestación contributiva

La duración de una prestación contributiva, si cumplimos con todos los requisitos, se relaciona de manera directa con las cotizaciones de los últimos seis años anteriores a la situación legal de desempleo. Se calcula según una escala que se basa en el periodo cotizado y comprende desde un mínimo de cuatro meses hasta un máximo de dos años. Como guía, se suele simplificar estimando que se cobrará ‘paro’ durante un mes por cada tres cotizados

Un detalle importante es que, si se ha laborado a tiempo parcial cinco o más días a la semana, cada día trabajado se considerará como cotizado, sea cual sea la jornada laboral concreta. Si fueran menos de cinco días semanales, se multiplicará el total de días por el coeficiente 1,4.

El importe depende de los últimos 180 días trabajados, sin incluir horas extraordinarias, y se calcula en función de la base reguladora. Sobre dicha base, la prestación paga un porcentaje del 70 % los seis primeros meses y del 50 desde el séptimo hasta su extinción. Según condicionantes, como la base de cotización o el número de hijos, se estima un mínimo de 540,41 € y un máximo de 1519,92 €.

Cómo solicitar la prestación contributiva

Poder calcular, aunque sea de manera aproximada, cuál será el importe de la prestación contributiva es una inquietud muy habitual entre los trabajadores. Tanto que hasta el SEPE, de quien depende esta gestión, dispone de un simulador en su web. Toda la información y documentación están disponibles tanto en la página como en las oficinas del organismo, al que se acude con cita previa.

La documentación necesaria a aportar sería:

  • Un impreso de solicitud bien cumplimentado.
  • La tarjeta del paro.
  • Un documento bancario donde se figure como titular de un número de cuenta.
  • El certificado de empresa de los últimos seis meses trabajados, si la empresa no lo ha enviado al SEPE a través de sistema Certific@2
  • La correspondiente identificación: DNI, NIE o pasaporte. Más documentos como Libro de Familia si hubiera hijos al cargo.

Tras inscribirnos como demandantes de empleo, se puede solicitar la prestación hasta en quince días hábiles tras el último trabajado. Si se han cobrado vacaciones anuales por no haber podido disfrutarlas, estos días se considerarán en activo y habría que tramitar el paro al terminar dicho periodo. Los tiempos son cruciales: se podría solicitar la prestación fuera de plazo, pero entonces se descontarían los días de retraso.

Por Pablo Vinuesa

Imágenes | Fotografías de Ernie Journeys, en Unsplash. Gráfica elaborada por el SEPE. Foto de portada de Alexandre Rotenberg en Shutterstock.

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