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¿Te han pedido rellenar el modelo 145 y no sabes cómo? Te lo explicamos paso a paso

El modelo 145 está relacionado con el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).

Es el formulario con el que el contribuyente informa a su pagador (la empresa para la que trabaja) sobre cuál es su situación familiar y personal y, en función de ello, la Agencia Tributaria determina cuál es el porcentaje de retención de IRPF que se aplica sobre su nómina.

¿Dudas con el modelo 130? Así se rellena

Por situación familiar y personal se entiende, por ejemplo, que se haya tenido un hijo, pertenezca al colectivo de familias numerosas o tenga algún tipo de discapacidad. También hay un apartado dedicado a la adquisición de la vivienda habitual.

Para qué sirve el modelo 145

Todas las compañías están obligadas a realizar esta retención en las nóminas de sus trabajadores. El IRPF es una especie de adelanto de los impuestos con los que los ciudadanos contribuimos a la arcas del Estado como trabajadores. Se trata de un impuesto progresivo, es decir, cuanto más se gana, mayor es el porcentaje de retención.

Al realizar la declaración de la renta anual, se realizan los ajustes pertinentes en función de la retención aplicada, cuyo resultado puede ser positivo (a ingresar) o negativo (a devolver). Del porcentaje de IRPF también depende la mayor o menor cuantía del salario mensual, por lo que es importante comunicar la información correctamente.

Quién y cuándo lo debe rellenar

Todo trabajador en activo debe completar el modelo 145 en el momento en el que inicia una relación contractual con una empresa. También cuando se produce algún cambio en sus circunstancias personales o familiares, para que se proceda a su modificación.

Esta información debe facilitarse antes del primer día de cada año natural. Muchas compañías facilitan este formulario a sus empleados durante el mes de diciembre para que actualicen sus datos, en el caso de que se haya producido algún cambio en su situación. Si no es así, no hace falta realizar este trámite. Si esas variaciones han tenido lugar a lo largo del año, como es el caso del nacimiento de un hijo, también es posible realizar la modificación correspondiente, que se aplicará en la siguiente nómina.

Cómo se rellena y dónde se presenta

El modelo 145 consta de siete apartados y es muy sencillo de rellenar. En el primero de ellos hay que indicar los datos personales (DNI, nombre y apellidos y año de nacimiento), para después especificar las siguientes cuestiones:

  • Situación familiar: donde hay que marcar la opción adecuada, en función de si se está casado, soltero, viudo, separado o en cualquier otra situación.
  • Discapacidad: referido al grado de minusvalía reconocido.
  • Movilidad geográfica: esta casilla hay que marcarla si, con motivo de la incorporación al actual puesto de trabajo, ha sido necesario el traslado desde el domicilio habitual
  • Obtención de rendimiento con periodo de generación superior a dos años durante los cinco periodos impositivos anteriores: este es probablemente el punto más complicado de entender. Se comprende mejor con un ejemplo: se marca esta casilla en el que caso de que se haya pactado una indemnización con una empresa anterior que no se abona en ese momento, sino a lo largo del año y medio posterior. Es decir, el rendimiento se generó en un momento distinto al que se va a percibir.

En el segundo apartado del modelo 145, hay que señalar si se tienen hijos u otros descendientes menores de 25 años, o discapacitados de cualquier edad, con los que se conviva y no tengan una renta anual superior a 8.000 euros. Mientras que el tercer apartado está reservado para los datos de los ascendientes mayores de 65 años (padres y abuelos) o con alguna discapacidad que convivan con nosotros y sus rentas anuales no rebasen los 8.000 euros.

En el cuarto apartado hay que indicar, si fuera el caso, el pago de pensiones compensatorias al cónyuge y anualidades por los alimentos a favor de los hijos, siempre que estén fijadas por una decisión judicial. El quinto está reservado para aquellos que hayan realizado la compra o rehabilitación de su vivienda antes del 1 de enero de 2013 utilizando financiación ajena (hipoteca) y si no se ganan más de 33.007,2 euros anuales. Los dos últimos apartados están reservados para fecha, firma y acuse de recibo.

Qué pasa si hay errores

El único responsable de que los datos que se aportan en el formulario sean correctos es el titular del documento. Como se adelanta más arriba, hay que comunicar al pagador cualquier modificación de la situación personal y familiar cuando esta se produzca. Tanto si es para aplicar un porcentaje de retención mayor de IRPF como si es menor. En modo contrario, se incurrirá en una infracción tributaria, tal y como recoge el artículo 205 de la Ley General Tributaria.

La multa por comunicar datos falsos, incompletos o inexactos varía entre el 35% y el 150%. Un porcentaje que se aplica sobre la diferencia entre las retenciones que se debieron practicar y las que realmente se practicaron. Es decir, sobre el dinero que se ha dejado de retener.

Imágenes | Unsplash/Green Chamaleon, Unsplash/Helloquence

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