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¿Cómo se pagan las vacaciones no disfrutadas?

Las vacaciones son uno de los derechos más importantes de los trabajadores. Su objetivo es claro: garantizar al empleado un periodo de descanso prolongado todos los años. Por ello, la legislación está centrada en su disfrute y no en que tengan una compensación económica.

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A pesar de ello, hay distintas circunstancias que pueden impedir usar algunos días y que nos planteemos la pregunta de cómo se pagan las vacaciones no disfrutadas.

El derecho a vacaciones 

Como definición, las vacaciones son un periodo de descanso remunerado para el trabajador, es decir, percibe su salario aunque no realice sus tareas.

La legislación española, en concreto el artículo 38 del Estatuto de los Trabajadores, establece que su duración mínima es de 30 días naturales al año. De hecho, estos días pueden ampliarse si así lo establece el convenio colectivo al que está sujeto el trabajador.

Al establecerse esta duración anual, una de las dudas es qué ocurre con los contratos que por distintas razones duren menos de un año. En estos casos, y, salvo que el convenio colectivo diga lo contrario, será de 2,5 días por mes.

Otra de las dudas es qué sucede con los contratos a tiempo parcial, inferiores a 40 horas semanales. En este caso, el disfrute de las vacaciones será proporcional, al igual que el sueldo, a la duración de la jornada de trabajo.

¿Cuándo se pueden coger vacaciones?

Las vacaciones tienen como objetivo que se disfruten todos los años. Tanto trabajador como empresario deben fijar cuándo se van a utilizar esos días de común acuerdo, nunca de forma unilateral.

Normalmente, se busca que el trabajador las coja durante el año natural, aunque hay empresas que establecen un margen más amplio y permiten pasar algunos días de asueto al año siguiente.

Para garantizar que trabajador y empresario puedan planificar el tiempo de descanso, la fecha de vacaciones debe conocerse al menos con dos meses de antelación. Este límite vuelve a ser mínimo y el convenio colectivo puede establecer un plazo superior.

Es más, es recomendable que el acuerdo se haga por escrito para evitar posibles problemas. Esto es así porque hasta hace pocos años, existía como límite para poder disfrutarlas el año natural, y salvo que el convenio estableciera lo contrario, las vacaciones no disfrutadas se perdían.

Derecho a acumular las vacaciones no disfrutadas

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea, en una sentencia de diciembre de 2017, reconoció el derecho de los trabajadores a aplazar y acumular las vacaciones o disfrutadas.

Según el máximo tribunal europeo y aplicando la Directiva europea 2003/88, no hay límite en este disfrute. La institución hace especial énfasis en los casos en los que haya vacaciones no disfrutadas por culpa del empresario, como en aquellos casos en los que no ha permitido que el empleado coja vacaciones pese a solicitarlas.

Es más, ni siquiera es necesario que el trabajador las haya pedido. Para el Tribunal de Justicia de la Unión Europea toda vacación no disfrutada es un beneficio para el empresario al haber disfrutado del trabajo de un compañero.

Qué son las vacaciones no disfrutadas y qué opciones hay

La sentencia del Tribunal de Justicia Europeo establece otro punto clave: las vacaciones no disfrutadas solo se deben pagar en caso de extinción de la relación laboral.

Y es que hay distintas circunstancias por las que se puede llegar a esta situación de vacaciones no disfrutadas:

  • Por el lado del trabajador, la más común es estar en situación de incapacidad temporal (baja médica). En este caso, estas vacaciones se disfrutarán cuando el trabajador se reincorpore. Este caso es asimilable a situaciones por baja de maternidad o paternidad o permisos por lactancia.
  • En el lado del empresario, este hecho puede derivarse de su negativa. Si no se llega a un acuerdo, el trabajador puede demandar judicialmente al empresario argumentando este rechazo.

Cuándo se compensan económicamente las vacaciones no disfrutadas

Otro caso muy común es cuando la relación laboral se interrumpe, ya sea por jubilación o despido.

Este caso es el único en el que las vacaciones no disfrutadas se pueden compensar económicamente, aunque en muchos casos el empresario puede buscar que no sea así pidiendo al trabajador que las disfrute antes del final de la relación laboral.

Si no es así, es fácil saber cómo se pagan las vacaciones no disfrutadas. La operación es sencilla: se tienen que calcular los días pendientes a razón de lo que establezca el convenio, con el mínimo ya señalado de 30 días naturales por año. Lo vemos mejor en un ejemplo.

Un trabajador ha dejado la empresa el 31 de julio, por lo que ha trabajado en ese ejercicio 212 días. Estos, divididos entre los 365 días del año, dan una proporción de 0,58. Multiplicando este cociente por los 30 días naturales, da como resultado 17,4 días.

Estos días se multiplican por el salario diario, ya sea a tiempo completo o a tiempo parcial, y esta cantidad se suma a la liquidación y finiquito que perciba el trabajador por otros conceptos. Así, siguiendo este ejemplo, si su salario es de 1000 euros mensuales, 33,33 euros diarios, recibirá 580 euros en concepto de vacaciones no disfrutadas.

 Imágenes | Pexels Marina Agrelo Lara Jameson leemiles310

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